Antes de nada, definamos que es una beca.
Se conoce como tal a la subvención que se entrega a una persona para la realización de estudios, investigaciones o trabajos. En general las becas son realizadas por jóvenes en edad de formación que reciben algún tipo de compensación económica mientras completan estudios o realizan un periodo de trabajo remunerado con la aportación económica que contempla la beca.
Se trata muchas veces de periodos de tiempo en los que el becario aprovecha alguna convocatoria de organismos públicos o privados para afianzar y mejorar sus conocimientos, demostrar su valía profesional en el periodo laboral que en general suele incluir la beca y sí la empresa donde se ha trabajado considera que el becario reúne las condiciones y actitudes apropiadas entrar a formar parte de su plantilla en condiciones contractuales ya normalizadas. En las dificultades laborales existentes actualmente en nuestro país, es una opción laboral y formativa muy interesante de cara a demostrar nuestras competencias y conocimientos en una compañía y poder acceder al mercado laboral ordinario con cierta experiencia que de otro modo seria imposible.
En este sentido, la Comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados que esta tratando el proyecto de ley de modernización del sistema de la Seguridad Social ha introducido una modificación en el texto por la que se suprime el limite retroactivo de cuatro años desde la aprobación de la norma para computar los periodos de practicas de los becarios. Es decir, las personas que han sido beneficiarias de una beca, sin tener en cuenta de cuando ha ocurrido podrán beneficiarse de esta modificación legislativa.
El límite máximo de tiempo que se podrá computar en periodos de formación queda en dos años, todo en virtud de una propuesta de Convergencia i Unió que ha sido apoyada por el PSOE.
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